Ley de Conciliación y Arbitraje Bolivia

Sección I. GENERALIDADES

Artículo 105. CONTENIDO DEL LAUDO

El Laudo Arbitral contendrá mínimamente:

  1. Nombres, nacionalidad, domicilio y generales de Ley de las partes y de los árbitros.
  2. Sede, lugar y fecha en que se pronuncia el Laudo Arbitral.
  3. Relación de la controversia sometida a arbitraje.
  4. Individualización y evaluación de las pruebas y su relación con la controversia.
  5. Fundamentación de la decisión arbitral sea en derecho o en equidad.
  6. Modo, tiempo y lugar de cumplimiento de las obligaciones o derechos exigibles.
  7. Penalidades en caso de incumplimiento.
  8. Firmas del Árbitro Único o de la mayoría de los miembros del Tribunal Arbitral, incluyendo al o los disidentes.

Actualizado: 9 de enero de 2024

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