- La aceptación pura y simple puede ser expresa o tácita.
- La aceptación es expresa cuando se hace mediante declaración escrita presentada al juez, o bien cuando el sucesor ha asumido el título de heredero.
- La aceptación es tácita cuando el heredero realiza uno o más actos que no tendría el derecho de realizar sino en su calidad de heredero, lo cual hace presumir necesariamente su voluntad de aceptar.
Código Civil Bolivia
Sección II - De la aceptacion pura y simple
Actualizado: 22 de abril de 2024