- El heredero con beneficio de inventario está obligado a administrar los bienes de la sucesión.
- Los poderes del heredero con beneficio de inventario en la administración se regirán por los concedidos al tutor en el Código de Familia.
- Si el heredero no cumple o descuida sus deberes de administración, el juez, a pedido de parte interesada y según las circunstancias, puede nombrar un interventor.
Código Civil Bolivia
Sección III - De la aceptación con beneficio de inventario
Actualizado: 22 de abril de 2024