Terminado el inventario, y si hay acreedores o legatarios que se opongan, el heredero no puede pagar sino en el orden y de la manera dispuestos por el juez.
Código Civil BoliviaLIBRO CUARTO - DE LAS SUCESIONES POR CAUSA DE MUERTE
Título I - De las disposiciones comunes a las sucesiones en generalCapítulo IV - De la aceptacion y renuncia de la herencia
Sección III - De la aceptación con beneficio de inventario
Actualizado: 23 de abril de 2024
