Código Civil Bolivia

Sección I - De la legítima y de la porción disponible

Artículo 1066°.- (Nulidad de las modificaciones y pactos y de las cargas y condiciones sobre la legítima)

  • Es nula toda disposición testamentaria por la cual se modifica o suprime la legítima de los herederos forzosos, o se imponen cargas o condiciones sobre ella.
  • Es igualmente nulo todo contrato, celebrado antes de abrirse la sucesión, que modifique, suprima o imponga cargas o condiciones a la legítima de los herederos forzosos.

Actualizado: 23 de abril de 2024

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