- Los testamentos pueden ser solemnes y especiales: solemne es el que se celebra con las formalidades exigidas por la ley; especial, el que no exige otros requisitos, bastando que conste la voluntad del otorgante en los casos determinados que la ley señala.
- Los testamentos solemnes pueden ser cerrados o abiertos.
Código Civil BoliviaLIBRO CUARTO - DE LAS SUCESIONES POR CAUSA DE MUERTE
Título III - De la sucesion testamentariaCapítulo III - De las diversas clases de testamentos
Sección I - De las clases de testamentos
Actualizado: 24 de abril de 2024
