El legado a un acreedor, no se presume hecho para compensar la deuda, excepto otra disposición del testador.
Código Civil BoliviaLIBRO CUARTO - DE LAS SUCESIONES POR CAUSA DE MUERTE
Título III - De la sucesion testamentariaCapítulo IX - De los legados
Actualizado: 24 de abril de 2024
