Código Civil Bolivia

LIBRO QUINTO - DEL EJERCICIO, PROTECCIÓN Y EXTINCIÓN DE LOS DERECHOS

Título I - De las pruebas en general

Capítulo I - Disposiciones generales

Artículo 1284°.- (Inversión de la prueba)

Los acuerdos que invierten o modifiquen la carga de la prueba son nulos, excepto cuando los disponga o permita la ley.

Actualizado: 29 de abril de 2024

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