Código Civil Bolivia

Subsección I - Del documento público

Artículo 1290°.- (Declaraciones en favor de otro)

  • El documento público hace plena fe también contra quien lo ha suscrito, en cuanto a las declaraciones, obligaciones y confesiones que contiene a favor de otro.
  • El testamento legal de cualquier clase, aun cuando no haya muerto el testador, hace también plena fe contra él, en cuanto a las obligaciones, confesiones y declaraciones que contiene en favor de otro.
  • En ambos casos se salva la prueba contraria.

Actualizado: 29 de abril de 2024

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