Código Civil Bolivia

Capítulo I - Disposiciones generales

Artículo 1449°.- (Actividad jurisdiccional)

Corresponde a la autoridad judicial proveer a la defensa jurisdiccional de los derechos a demanda de parte o a instancia del Ministerio Público en los casos previstos por la ley.

Actualizado: 31 de mayo de 2023

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