Código Civil Bolivia

LIBRO QUINTO - DEL EJERCICIO, PROTECCIÓN Y EXTINCIÓN DE LOS DERECHOS

Título III - De la proteccion jurisdiccional de los derechos y de la posesión

Capítulo I - Disposiciones generales

Artículo 1449°.- (Actividad jurisdiccional)

Corresponde a la autoridad judicial proveer a la defensa jurisdiccional de los derechos a demanda de parte o a instancia del Ministerio Público en los casos previstos por la ley.

Actualizado: 4 de mayo de 2024

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