La acción reivindicatoria es imprescriptible, salvo los efectos que produzca la adquisición de la propiedad por otra persona en virtud de la usucapión.
Código Civil BoliviaLIBRO QUINTO - DEL EJERCICIO, PROTECCIÓN Y EXTINCIÓN DE LOS DERECHOS
Título III - De la proteccion jurisdiccional de los derechos y de la posesiónCapítulo II - De las acciones de defensa de la propiedad y de las servidumbres
Sección I - De las acciones reivindicatoria y negatoria
Actualizado: 4 de mayo de 2024
