Código Civil Bolivia

Sección III - Del embargo y de la venta forzosa de los bienes del deudor

Artículo 1484°.- (Asignación de crédito) 

Cuando lo asignado es un crédito, el derecho que tiene el acreedor se extingue sólo con el cobro del crédito asignado.

Actualizado: 31 de mayo de 2023

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