Código Civil Bolivia

Sección I - De la naturaleza, formas y efectos del mandato

Artículo 813°.- (Simple recomendación o consejo)

El simple consejo o recomendación en interés exclusivo de quien lo recibe, no produce obligación alguna, excepto si dentro de una relación contractual se da con negligencia o resulta en general de un acto ilícito.

Actualizado: 16 de abril de 2024

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