Código Civil Bolivia

LIBRO TERCERO - DE LAS OBLIGACIONES

Subparte Segunda - De las fuentes de las obligaciones

Título II - De los contratos en particular

Capítulo X - Del préstamo
Sección II - Del comodato
Subsección I - De su naturaleza

Artículo 882°.- (Facultad de disponer)

Pueden celebrar este contrato los que tienen facultad de disposición de los bienes que dan en comodato.

Actualizado: 17 de abril de 2024

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