Código Civil Bolivia

LIBRO TERCERO - DE LAS OBLIGACIONES

Subparte Segunda - De las fuentes de las obligaciones

Título II - De los contratos en particular

Capítulo XI - De ciertos contratos aleatorios
Sección Única - Del juego y de la apuesta

Artículo 912°.- (Apuestas prohibidas)

Son prohibidas las apuestas que tienen analogía con los juegos no permitidos y se les aplicará lo dispuesto en los tres artículos precedentes.

Actualizado: 17 de abril de 2024

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