Los expedientes no podrán ser retirados del juzgado o del tribunal, mientras esté en trámite el proceso, salvo autorización judicial debidamente fundamentada.
Codigo Procesal Civil Bolivia
Sección V. Expedientes
Concordancias
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FUENTE: art. 126 ACPC; art. 107 CPCA.
CONCORDANCIAS: art. 94.I.8 LOJ, obligación del Secretario Judicial de custodiar los expedientes; art. 3 CPC, buena fe y lealtad procesal.