Código Procesal Civil Bolivia

Libro Segundo. DESARROLLO DE LOS PROCESOS

Título VII. Proceso voluntarios

Capítulo segundo. Proceso Sucesorio

Sección V. Iincidencias del Proceso Sucesorio

Artículo 478. CUESTIONES SOBRE LOS BIENES

Las cuestiones inherentes a los bienes, su conservación y su división entre las o los herederos, se tramitarán, en la vía incidental. No obstante, en atención a la importancia de dichos bienes o de las cuestiones a debatirse, la autoridad judicial podrá disponer su dilucidación en proceso ordinario.

FUENTE: art. 522 Anteproyecto de Código Procesal Civil. 

CONCORDANCIAS: arts. 338 y ss CPC, procesos incidentales; arts. 362 y ss CPC, proceso ordinario.

Actualizado: 9 de octubre de 2024

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Concordancias

FUENTE: art. 522 ACPC. 

CONCORDANCIAS: arts. 338 y ss CPC, procesos incidentales; arts. 362 y ss CPC, proceso ordinario.