Codigo Procesal Civil Bolivia

Seccion III. Intervención forzosa

Artículo 60. LLAMAMIENTO EN CAUSA DE UN TERCERO.

La parte demandada en el plazo previsto para la contestación, podrá solicitar la citación de un tercero, a quien se considere que la controversia le es común o a quien la sentencia pudiere afectar. El citado no podrá objetar la citación y comparecerá con los mismos derechos y deberes de la parte demandada.

Actualizado: 4 de noviembre de 2023

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CONCORDANCIAS: arts. 128.I.7 y 367.II.4 CPC, se alega como excepción y se resuelve en la audiencia preliminar; art. 1447 CC, llamamiento al deudor en la acción pauliana; art. 363.III CPC, treinta días para contestar en el proceso ordinario; art. 375.II CPC plazo excepcionar en el monitorio; art. 229 CPC, alcance de la sentencia; arts. 230 y 231 CPC, efectos de la sentencia.