Codigo Procesal Civil Bolivia

Disposiciones Adicionales

Artículo adicional 1.PLAN DE IMPLEMENTACIÓN DEL CÓDIGO PROCESAL CIVIL

La Sala Plena del Consejo de la Magistratura, en consulta con la o el Presidente del Tribunal Supremo de Justicia, la o el Director de la Escuela de Jueces del Estado, y una o un representante del Ministerio de Justicia, la Presidencia de la Asamblea Legislativa Plurinacional y cada una de las Cámaras de la Asamblea Legislativa Plurinacional, dentro de los tres (3) meses siguientes a la promulgación de la presente Ley, elaborará el correspondiente Plan de Implementación del Código Procesal Civil que incluirá, como mínimo, los siguientes componentes:

  1. Plan especial de descongestión, incluyendo el previo inventario real de los procesos clasificados por especialidad, tipo de proceso, afinidad temática, cuantías, fecha de reparto y estado del trámite procesal, entre otras.
  2. Nuevo modelo de gestión, estructura interna y funcionamiento de los juzgados, así como de las oficinas judiciales.
  3. Reglamentación de los asuntos de su competencia que guarden relación con las funciones atribuidas en este Código.
  4. Creación y redistribución de los juzgados, ajustes al mapa judicial y desconcentración según la demanda y la oferta de justicia.
  5. Uso y adecuación de la infraestructura física y tecnológica de los despachos, salas de audiencias y servicios, que garanticen la seguridad e integridad de la información.
  6. Selección de nuevos jueces, en los casos a que haya lugar, de acuerdo con el perfil requerido para la implementación del nuevo Código.
  7. Programa de formación y capacitación para la transformación en base a los principios y valores establecidos en la Constitución y el desarrollo en los servidores judiciales de las competencias requeridas para la implementación del nuevo Código, con énfasis en la oralidad, las nuevas tendencias en la dirección del proceso por audiencias y el uso de las tecnologías de la información y las comunicaciones.
  8. Modelo de atención y comunicación con los litigantes.
  9. Formación de servidores judiciales con responsabilidades en procesos regidos por la oralidad.
  10. Planeación, control financiero y presupuestario de acuerdo con el estudio de costos y beneficios para la implementación del presente Código.
  11. Sistema de seguimiento y control de la ejecución del plan de implementación.

Actualizado: 20 de diciembre de 2023

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