Los contenidos mínimos del Acta de Conciliación, son:
- La identificación de las partes.
- La relación sucinta y precisión de la controversia.
- El acuerdo logrado por las partes con indicación de modo, tiempo y lugar de cumplimiento de las obligaciones pactadas, y en su caso, la cuantía.
- Las sanciones en caso de incumplimiento, cuando corresponda.
- Las garantías efectivas o medidas necesarias para garantizar su ejecución, si corresponde.
- Lugar, fecha y hora de la conciliación.
- Firma de la o el conciliador y de las partes.
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