Los contenidos mínimos del Acta de Conciliación, son:

  1. La identificación de las partes.
  2. La relación sucinta y precisión de la controversia.
  3. El acuerdo logrado por las partes con indicación de modo, tiempo y lugar de cumplimiento de las obligaciones pactadas, y en su caso, la cuantía.
  4. Las sanciones en caso de incumplimiento, cuando corresponda.
  5. Las garantías efectivas o medidas necesarias para garantizar su ejecución, si corresponde.
  6. Lugar, fecha y hora de la conciliación.
  7. Firma de la o el conciliador y de las partes.

Contamos con un equipo de abogados con altos estándares de profesionalismo, ética y confiabilidad a la disposición de los clientes.

Proporcionamos un universo de soluciones jurídicas para sus necesidades.

Nuestro Blog

CONTÁCTENOS

Calle Costa Rica Nro 50 (oficina 201), Santa Cruz de la Sierra, Bolivia

+591 72147677

contacto@paradaabogados.com 

9:00 a 12:00 hrs.