La cancelación de gravamen prendario por sí sola no interrumpe la precripción

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Interrupción de la prescripción

[La recurrente] acusa errónea valoración de la prueba (léase fs. 154-156, 91-92) pruebas que no habrían sido valoradas en su integridad por el Juez A quo a tiempo de emitir su injusta Sentencia y menos por el Ad quem a tiempo de emitir su incorrecto e ilegal Auto de Vista, llegando a la convicción que la prescripción inventada por los demandados no resulta procedente en el presente caso, vulnerando de esta forma el inc. II) del art. 1.503 del Sustantivo Civil.

No procede Casación en el fondo contra un Auto de Vista que anula obrados

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El Auto Supremo 284/2017-RI, del 15 de marzo de 2017, declara improcedente el Recurso de Casación en el fondo por haberse interpuesto contra un Auto de Vista que anula obrados que no resolvió el fondo de las pretensiones interpuestas en primera instancia.

Fundamentos del Auto Supremo 284/2017:

Aplicación supletoria de las normas sobre compulsa del Código Procesal Civil en los procesos familiares

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De principio se debe indicar que el Código de las Familias y del Proceso Familias establece un nuevo esquema procedimental, normativa que en su art. 366 describe los tipos de recursos que reconoce dicha Ley especial, entre estos se encuentra el recurso de compulsa como un medio de impugnación, sin embargo, dicho ordenamiento jurídico (Ley 603) no establece el trámite para este tipo de recursos, existiendo un vacío normativo para su trámite y sustanciación,

Límites al principio de impugnación en el CPC

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Resoluciones que pueden ser objeto del recurso de casación bajo la óptica del Código Procesal Civil:

Sobre el tema, corresponde señalar que, los medios de impugnación previstos en el Código Procesal Civil responden a un sistema recursivo cuya regulación es de orden público, no pudiendo las partes litigantes ni los juzgadores alterar lo normado por ley.

El parágrafo II del art. 180 de la Constitución Política del Estado garantiza el principio de impugnación en los procesos judiciales, empero,

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