Cumplidos los requisitos legales, la autoridad judicial pronunciará resolución teniendo por aceptada la herencia con beneficio de inventario; en este último caso el régimen de administración y liquidación del caudal hereditario estará sometido a control de la autoridad judicial conforme a las normas del Código Civil.
Codigo Procesal Civil Bolivia
Sección III. Aceptación de la Herencia con Beneficio de Inventario
Concordancias
FUENTE: art. 650 CPCA.
CONCORDANCIAS: arts. 1031 y ss CC, aceptación con beneficio de inventario; art. 1037 CC, administración de los bienes sucesorios.