Artículo 26. RESPONSABILIDADES

  1. Las autoridades judiciales serán responsables por:
    1. Demorar injustificadamente en proveer.
    2. Dictar providencias inapropiadas.
    3. Proceder con dolo o fraude.
    4. Sentenciar incurriendo en error inexcusable.
  2. Las autoridades judiciales tienen responsabilidad civil, penal y disciplinaria, establecida en la forma que determina la Ley.

 

Fuente: art. 35 Anteproyecto Código Procesal Civil; art. 35 Código Procesal Civil Modelo para Iberoamérica; art. 5 Código de Procedimiento Civil abrogado.

Conc.: art. 8 Ley del Órgano Judicial, responsabilidad de los servidores del Órgano Judicial; arts. 185 a 188 Ley del Órgano Judicial, sobre faltas disciplinarias. Reglamento de Procedimientos Disciplinarios para la jurisdicción ordinaria, y agroambiental, del 27 de febrero de 2018, aprobado mediante Acuerdo 20/2018 de Sala Plena del Consejo de la Magistratura; art. 128 Ley del Órgano Judicial, demora culpable en actuaciones judiciales; art. 984 CC, sobre responsabilidad por hechos ilícitos; arts. 173, 173 bis, 174, 177, 177 bis y 178 CP.

Contamos con un equipo de abogados con altos estándares de profesionalismo, ética y confiabilidad a la disposición de los clientes.

Proporcionamos un universo de soluciones jurídicas para sus necesidades.

Nuestro Blog

CONTÁCTENOS

Calle Costa Rica Nro 50 (oficina 201), Santa Cruz de la Sierra, Bolivia

+591 72147677

contacto@paradaabogados.com 

9:00 a 12:00 hrs.