Artículo 52. TERCERÍA DE DOMINIO EXCLUYENTE.

Quien alegue un derecho positivo y de existencia cierta, en todo o en parte sobre el bien o derecho que se discute en un proceso pendiente, podrá intervenir formulando su pretensión contra las partes.

 

Fuente: art. 356 Código de Procedimiento Civil abrogado.

Conc.: arts. 359 a 361 CPC; art. 245 CPC, desistimiento de la tercería; arts. 498 y 500.II CPC, tercería de dominio contra embargo ordenado por tribunal extranjero.

Comentarios   

Victor Ayala
Terceria de dominio excluyente, en un proceso ejecutivo ( dieron poder para vender y lo grabaron con un préstamo ) compre a fjas. y ptda. el 2010, se declaran herederos el 2013 a la muerte de los vendedores y lo registran en derechos reales, dan un poder a otra persona y está con el poder presta plata y ahora el prestamista le ejecuta con un proceso ejecutivo, yo estoy en posición es un terreno agrario por favor gracias
carlos chumacero
la parte que supuestamente le correspondía a mi sra. esposa por deuda entro en litigio por deudas. Yo como esposo hice prevalecer mi derecho haciendo aprobar una resolución con la juez de familia como tercerista de derecho excluyente. hoy desean rematar la parte de mi Sra. pero resulta que su nombre que figura en DD.RR.
debía ser cambiado por el mío en vista que vendió la mitad de la propiedad que nos correspondía antes de las cargas a su parte. que debo hacer?
Andres
tengo la siguiente duda:
mi cliente interpuso un proceso ejecutivo en contra de su deudor y anotó preventivamente un bien inmueble del deudor.
ahora, el deudor, se encuentra divorciado y el acuerdo transaccional donde repartieron sus bienes gananciales no fue homologado en sentencia.

en ese acuerdo transaccional se encuentra que el bien inmueble que anote preventivamente, pasa a ser el 100% de la ex esposa.

sin embargo, no se homologo en ningún momento.

En derechos reales aun figura el nombre del deudor y su ex esposa, es decir, 50 y 50.

la ex esposa interpone terceria de dominio excluyente PERO solo viene a ser dueña del 50% y no así del 100% aunque alegue tener un acuerdo transaccional, reitero, el mismo no ha sido homologado en proceso de divorcio y mucho menos en un proceso de división y partición de bienes.

la pregunta es: La Autoridad Jurisdiccional, debe admitir y excluir el bien inmueble al 100%? o debe solamente respetar el 50% de la ex esposa y ordenar el remate del 50% del ex esposo?

gracias de antemano
Andres
entiendo que para pelear el 100% de un bien inmueble en litigio, debe estar previamente registrado en derechos reales, caso contrario, no estaría aun perfeccionado derecho propietario al 100%
eduardo mendez
algun modelo de memorial de terceria de derecho preferente
Vchura
Buenos días, me hostigan con una sentencia ganada al Gmlp, por mejor derecho. Para ese proceso NO fui notificado, no soy parte del proceso. Dice el ganador que estoy en su terreno.
Que hacer ....?
Saludos
Amalia
Podría porfavor explicar con un Ejemplo más claro la tereterceria de dominio excluyente porfaaa.

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