Artículo 53. TERCERÍA DE DERECHO PREFERENTE. 

Quien alegue un derecho de crédito privilegiado o preferencial, podrá proponer en ejecución de sentencia su pretensión de ser pagado antes que a la parte actora, debiendo deducir su pretensión hasta antes de hacerse efectivo el pago al acreedor demandante.

 

Fuente: art. 362 Código de Procedimiento Civil abrogado.

Comentarios   

lorena
una consulta para un proceso de expropiacion es procedente que se interponga la terceria de derecho preferente de pago? gracias
Renan Ribera Arancibia
En esta nueva visión constitucional de derecho, protectora de los derechos constitucionalmente reconocidos como tal, las autoridades jurisdiccionales se sustraen de aplicar el privilegio que una persona alega mediante ésta vía, remitiendo la pretensión de ésta a un ritualismo procesal que no condice con dicha protección garantista emergente de este nuevo orden fundamental.
Felicidades mi estimado y apreciado Dr. Parada, por su inquieta actitud de estar continuamente aportando con criterios coherentes a la sociedad jurídica, de ello hay muy pocos que se animan a patear el tablero con el simple arma de la razón axiológica de la ley.
Freddy Abarca Fernández
Exp. 2083-2013 seguido en el 33 Juzgado Civil de Lima desalojo por ocupación precaria en ejecución dde sentencia.
La demanda llegó al departamento 801 por fraude del demandante que pinto el número 803 en la puerta del departamento 801.
Los jueces no han hecho nada para subsanar el fraude del de a demandante por negligencia o complicidad incluso en segunda instancia y en casación
El demandante ya ha sido denunciado a la fiscalia y el juez también ha sido denunciado a ODECMA y aa JNJ
En el recurso que solicita fecha de desalojo no firma el demandante y la abogada que firma el recurso no tiene autorización del demandante, la tasa judicial está nombre de la abogada
La organización criminal que lidera Daniel Claudio Rivera de la Cruz y Luis Hernando Begazo de Bedoya simultáneamente registró mi departamento 801 a nombre de uno de sus miembros y parece que realmente quieren hacer el desalojo del departamento 801 y así concretar su ambición de apoderarse de todo mi patrimonio coludidos los jueces y fiscales que han archivado todas las denuncias por este fraude y el juez del 22 juzgado penal de Lima no quiere ordenar la restitución de los bienes apropiados ilegalmente pese a que están comprobados los delitos y sentenciados dos miembros de esta organización criminal
Como antecedente de esta práctica el juez del decimoquinto juzgado comercial de Lima hizo desalojo de los locales 001 al 343 pese a que su resolución ordenaba desalojar los locales 1001 al 1343 en las galerías Polvos Morados ubicada en Jr Huancavelica 662 al 668
La incertidumbre se acrecienta porque el abogado ha sido coronel PNP y ahora afirma ser profesor de segunda especialidad en varias universidades y así como cambio el número de mi departamento 801 puede volver a cambiar con "ayuda" de sus alumnos y exalumnos que también deben ser "magistrados influyentes y muy influyentes".

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