La prueba por libros de comercios y otros documentos comerciales se regirá por las normas establecidas en la Ley.
Fuente.: art. 178 Anteproyecto Código Procesal Civil; art. 159 Código Procesal Civil Modelo para Iberoamérica.
Conc.: arts. 37, 40, 62, 63, 64, 366, 523, 786, 1006 y 1356 Código de Comercio.
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