- Los documentos deberán presentarse en idioma castellano.
- Los documentos en otro idioma deberán presentarse acompañados de su correspondiente traducción al castellano. Si la parte contra quien se oponen pidiere su traducción oficial, la autoridad judicial designará perito traductor, en cuyo caso los gastos correrán a cargo del solicitante; empero, si la autoridad judicial considerare necesario, podrá ordenar de oficio la traducción y los gastos serán prorrateados entre las partes.
Codigo Procesal Civil Bolivia
Sección II. Prueba Documental
Actualizado: 27 de diciembre de 2023
Concordancias
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FUENTE: art. 181 ACPC; art. 402 CPCA.
CONCORDANCIAS: art. 450.9 CPC.