Las actas de conciliación suscritas en el extranjero serán reconocidas y ejecutadas en el Estado Plurinacional de Bolivia, de conformidad a las normas sobre cooperación judicial internacional, establecidas en la norma procesal civil vigente.
Ley de Conciliación y Arbitraje BoliviaTitulo II. CONCILIACION
Capítulo III. ACTA DE CONCILIACIÓN
Actualizado: 9 de enero de 2024
