- El Convenio Arbitral es el acuerdo que se instrumenta por escrito en otro documento posterior diferente al contrato, en el cual las partes se obligan a someter las controversias a arbitraje.
- El Convenio Arbitral debe constar en un soporte físico, electrónico o cualquier otro que deje constancia de la expresión de voluntad de las partes, manifestada en conjunto o en forma sucesiva.
- El Convenio Arbitral hará referencia a una relación contractual o extracontractual.
Ley de Conciliación y Arbitraje
Sección I. REGLAS
Actualizado: 5 de junio de 2023
