- Se crea una Comisión de Seguimiento e Implementación del Código Procesal Civil como instancia de decisión y de fiscalización del proceso de seguimiento e implementación del presente Código, que será presidida por la o el Presidente de la Asamblea Legislativa Plurinacional y estará conformada por:
- La o el Ministro de Justicia.
- La o el Ministro de Economía y Finanzas Públicas.
- Las o los Presidentes de las Cámaras de Diputados y Senadores de la Asamblea Legislativa Plurinacional.
- La o el Presidente del Tribunal Supremo de Justicia y del Consejo de la Magistratura.
- La o el Presidente del Tribunal Constitucional Plurinacional.
- Tanto la o el Presidente de la Comisión, como los miembros podrán delegar a sus representantes.
- La ejecución del Plan de Implementación del Código Procesal Civil, estará a cargo de la Sala Plena del Consejo de la Magistratura.
Codigo Procesal Civil Bolivia
Disposiciones Adicionales
Actualizado: 20 de diciembre de 2023