Código Civil Bolivia

Capítulo X - De la nulidad, de la revocación y de la caducidad de los testamentos

Artículo 1215°.- (Caducidad de los testamentos especiales)

Los testamentos especiales caducan, sin necesidad de revocación u otro acto, en los términos de las respectivas disposiciones que los reglan.

Actualizado: 24 de abril de 2024

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