Las o los testigos pertenecientes a las naciones y pueblos indígena originario campesinos, y ciudadanas o ciudadanos extranjeros podrán declarar en su idioma, debiendo formularse las preguntas y respuestas a través de traductor.
Codigo Procesal Civil Bolivia
Sección IV. Declaraciones de Testigos
Concordancias
Video
FUENTE: art. 212 ACPC.