Código Civil Bolivia

Capítulo I - Del testamento en general

Artículo 1116°.- (Interpretación de las disposiciones testamentarias)

Las disposiciones testamentarias se entenderán según su expreso sentido literal. En caso de duda, la interpretación se ajustará a lo que resulte más conforme con la intención o voluntad del testador, al tenor del testamento, en el marco de la ley.

Actualizado: 23 de abril de 2024

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