Código Civil Bolivia

LIBRO CUARTO - DE LAS SUCESIONES POR CAUSA DE MUERTE

Título III - De la sucesion testamentaria

Capítulo I - Del testamento en general

Artículo 1117°.- (Disposiciones testamentarias contrarias a derecho)

Las disposiciones del testamento contrarias a derecho no surten efecto alguno, sin que por eso invaliden o perjudiquen las que estén encuadradas a la ley.

Actualizado: 23 de abril de 2024

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