- La desheredación se hará precisamente en testamento nombrando claramente al desheredado y exponiendo el motivo justo con todos los datos que lo apoyen.
- La desheredación puede hacerse en todo o parte de la legítima, en forma pura y simple o sujetándola a una condición.
Código Civil BoliviaLIBRO CUARTO - DE LAS SUCESIONES POR CAUSA DE MUERTE
Título III - De la sucesion testamentariaCapítulo VIII - De la desheredación
Actualizado: 24 de abril de 2024
