Código Civil Bolivia

Capítulo X - De la nulidad, de la revocación y de la caducidad de los testamentos

Artículo 1217°.- (Efectos del acto revocatorio en caso de caducidad)

La revocación hecha en un testamento posterior producirá sus efectos aún si este segundo testamento caduca por la incapacidad o renuncia del heredero o por otra causa.

Actualizado: 24 de abril de 2024

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