- Los términos de la usucapión y de la prescripción que hubieren empezado a correr de acuerdo a las disposiciones del Código Civil y demás leyes anteriores a la vigencia de este Código, se regirán por ellas.
- Esta disposición es aplicable también a los términos de la caducidad.
Código Civil Bolivia
Capítulo Único - Disposiciones transitorias
Actualizado: 18 de marzo de 2024