Código Civil Bolivia

Subsección III - De la responsabilidad por la evicción y por los vicios de la cosa

Artículo 628°.- (Modificación convencional de la responsabilidad)

  • Los contratantes pueden gravar, disminuir o excluir la responsabilidad del vendedor.
  • Aún cuando se pacte la exclusión de responsabilidad el vendedor ésta siempre sujeto a la responsabilidad por un hecho propio. Es nulo todo pacto contrario.

Actualizado: 23 de marzo de 2024

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