- El vendedor es responsable ante el comprador por los vicios que hacen la cosa vendida impropia para el uso a que está destinada o que disminuyen su valor.
- Es nulo el pacto que excluye o limita la responsabilidad del vendedor cuando éste oculta de mala fe los vicios al comprador.
Código Civil Bolivia
Subsección III - De la responsabilidad por la evicción y por los vicios de la cosa
Actualizado: 23 de marzo de 2024