Código Civil Bolivia

Sección IV - De la extincion del mandato

Artículo 827°.- (Causas de extinción del mandato)

El mandato se extingue:

  1. Por vencimiento del término o por cumplimiento del mandato.
  2. Por revocación del mandante.
  3. Por renuncia o desistimiento del mandatario.
  4. Por muerte o interdicción del mandante o del mandatario, a menos que lo contrario resulte de la naturaleza del asunto. El mandato otorgado por interés común no se extingue por muerte o incapacidad sobreviniente del mandante.

Actualizado: 16 de abril de 2024

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