- Las disposiciones testamentarias hechas bajo condición suspensiva caducan si, antes de cumplirse, muere el instituido; no son, por lo tanto, transmisibles a los herederos.
- Las disposiciones testamentarias hechas bajo condición resolutoria benefician al instituido desde la muerte del testador, salvo el efecto acordado a la condición cumplida.
- Las disposiciones testamentarias hechas a término incierto bajo la forma de una condición suspensiva, benefician al instituido desde la muerte del testador, pudiendo transmitirse a los herederos.
Código Civil Bolivia
Capítulo X - De la nulidad, de la revocación y de la caducidad de los testamentos
Actualizado: 24 de abril de 2024