Código Civil Bolivia

LIBRO TERCERO - DE LAS OBLIGACIONES

Subparte Segunda - De las fuentes de las obligaciones

Título I - De los contratos en general

Capítulo II - De los requisitos del contrato
Sección I - Del consentimiento
Subsección IV - De los vicios del consentimiento

Artículo 480°.- (Temor reverencial)

El solo temor reverencial, sin que se haya usado violencia, no invalida el consentimiento.

Actualizado: 11 de agosto de 2024

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Comentario
Como contrapunto a la violencia moral, el legislador deja claro que el miedo percibido subjetivamente no genera un vicio del consentimiento. En este sentido, podría pensarse en la sujeción psicológica que normalmente puede producirse frente a una autoridad.

Alfredo Ferrante