Código Civil Bolivia

Subsección III - De la responsabilidad por la evicción y por los vicios de la cosa

Artículo 632°.- (Opción del comprador)

  • En los que señala el primer parágrafo del artículo 629, el comprador puede demandar la resolución de la venta o la disminución del precio.
  • La elección es irrevocable cuando se la hace con la demanda judicial.

Actualizado: 23 de marzo de 2024

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