- El contrato se resuelve por la muerte del contratista, a menos que la consideración de su persona no hubiese sido motivo determinante del contrato.
- En caso de resolución los herederos del contratista tienen derecho al reembolso de los gastos y la retribución en las condiciones señaladas en el segundo parágrafo del artículo anterior.
Código Civil Bolivia
Capítulo V - Del contrato de la obra
Actualizado: 25 de marzo de 2024