Código Civil Bolivia

Subsección IV - De la administración

Artículo 782°.- (Derechos y obligaciones de los administradores)

Los derechos y obligaciones de los administradores se regulan por las normas relativas al mandato, salvo lo previsto por el contrato de sociedad y por las reglas del capítulo presente.

Actualizado: 16 de abril de 2024

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